Los permisos son denegados a todos los presos de Quatre Camins por norma, aunque reúnan todos los requisitos para serles concedidos.
Nota: este recurso es una copia del original. Uno de los muchos recursos que hizo ese interno
Juzgado de vigilancia penitenciaria Nº 1 de Barcelona
AL JUZGADO
D/ xxxxxxx interno en el Centro Penitenciario de Quatre Camins y cuyas demás circunstancias personales ya constan en el expediente penitenciario que obra en ese Juzgado, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho,
DIGO
Que por medio del presente escrito vengo a solicitar que ORDENE AL Director del Centro Penitenciario de Quatre Camins, que ejecute inmediatamente el permiso que este Juzgado de Vigilancia me concedió. Todo ello en base a las siguientes,
ALEGACIONES
1º; que este Juzgado me concedió un permiso de tres días para junio de este año.
2º; que según me ha indicado
3º; respecto a la supuesta expulsión del programa le pregunto a usted ¿cómo es posible echar de un programa que finalicé en agosto de 2007 y según
4º; que el permiso se me concedió por la existencia de los requisitos objetivos concurrentes, y que no es posible que por datos subjetivos, sin contrastar ni probar suficientemente, el permiso quede suspendido.
5º; una de las sanciones, Grave caduca a los 3 meses y ya debería ser cancelada o redimida. La otra, Muy Grave según
En su virtud,
SUPLICO al Juzgado que tenga por presentado este escrito y que ordene que a la mayor brevedad el permiso se ejecute.
En, Quatre Camins, a 16 de diciembre de 2008